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En Argentina, la muerte de un obispo en 1977 recalificada como asesinato de la dictadura
La justicia federal argentina reabre la investigación sobre la muerte en 1977 de Mons. Ponce de León, obispo de San Nicolás, tratada ahora como crimen de lesa humanidad, mientras la Iglesia local reclama «verdad y justicia».

Casi cincuenta años después de los hechos, la justicia federal argentina reabrió la investigación sobre la muerte de Mons. Carlos Horacio Ponce de León, obispo de San Nicolás, fallecido el 11 de julio de 1977 en la Ruta Nacional 9. Presentada entonces como un accidente de tránsito, aquella muerte había sido archivada por una sentencia de 1978. Esa sentencia fue anulada en 2024 por vicios en la investigación, y la causa, reabierta casi cuarenta y nueve años después, sostiene ahora la calificación de homicidio y de crimen de lesa humanidad, imputado a la dictadura militar.
El expediente, largo tiempo bloqueado, fue reasignado al juez federal de Rosario, Carlos Alberto Vera Barros, que ordenó las primeras indagatorias del proceso. El obispo había acompañado a las familias de detenidos y desaparecidos y había denunciado ante el Vaticano las violaciones de los derechos humanos cometidas por el poder militar, cuya persecución padeció. Sacerdotes de los barrios populares llamaron a las comunidades y a toda la Iglesia de Argentina a «un tiempo fuerte de oración por la verdad y la justicia» sobre su muerte, saludando a «un pastor del pueblo, comprometido hasta el final con los más humildes».
El número, la identidad y la fecha de las personas citadas a las primeras indagatorias difieren según las crónicas: unas mencionan a dos personas convocadas para fines de septiembre, otras a tres militares citados algunos días antes, y otras a un exmilitar y dos civiles. No zanjamos este punto, que permanece abierto.
Lo que enseña la tradición
El quinto mandamiento, «No matarás», prohíbe todo homicidio voluntario del inocente. El Catecismo del Concilio de Trento, al exponer este precepto, enseña la gravedad singular del homicidio, por el cual se destruye a la vez la imagen de Dios en el hombre y el orden que el Creador ha establecido. El Catecismo de san Pío X cuenta el homicidio voluntario entre los pecados que claman venganza ante Dios. Y la Escritura pone en boca del Señor, dirigiéndose a Caín, la palabra que juzga a todo homicida: «La voz de la sangre de tu hermano está clamando a mí desde la tierra» (Génesis IV, 10).
La medida
Si las pruebas confirman lo que la causa sostiene ahora, un atentado planificado disfrazado de accidente, entonces la muerte del obispo no es una desgracia de la ruta, sino un homicidio, uno de esos crímenes que la ley divina reserva a su venganza. Matar a un pastor porque defendía a los perseguidos añade al homicidio el desprecio del ministerio sagrado. Buscar la verdad y castigar justamente a los culpables no es, pues, una pasión política: es un deber de justicia, porque el orden querido por Dios exige que el agravio sea reconocido y reparado. Al pedir «verdad y justicia», la Iglesia local no hace sino nombrar lo que reclama la ley de Dios.
Lo que el fiel ha de retener
Orar para que la verdad se abra paso, sin odio ni espíritu de represalia. Recordar que la sangre del inocente nunca es olvidada por Dios, aun cuando los tribunales de los hombres fallen o tarden casi medio siglo. Y encomendar a la misericordia divina el alma de un obispo muerto por defender a los más pequeños. La justicia de los hombres puede faltar; la de Dios, jamás.
Fuentes. Catecismo del Concilio de Trento (1566), sobre el quinto mandamiento, acerca de la gravedad del homicidio voluntario. Catecismo de san Pío X, sobre los pecados que claman venganza ante Dios, entre ellos el homicidio voluntario. Sagrada Escritura, Génesis IV, 10 (Vulgata).