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El Sínodo propone asociar a los laicos a las visitas ad limina de los obispos
La Secretaría General del Sínodo publicó los informes de los grupos de estudio 6 y 7, que proponen asociar a los laicos a las visitas ad limina y contractualizar las relaciones entre obispos y vida consagrada.

La Secretaría General del Sínodo hizo públicos, el 8 de septiembre de 2026, los informes finales de dos de sus grupos de estudio. El Grupo n.º 6 propone replantear «en una perspectiva sinodal y misionera» las relaciones entre los obispos, la vida consagrada y las asociaciones eclesiales; la segunda parte del informe del Grupo n.º 7, dedicada a las visitas ad limina, propone asociar a ellas a los fieles laicos. El papa León XIV pidió que estos textos se difundieran «para compartir con todo el Pueblo de Dios los frutos de la reflexión y del discernimiento».
La Secretaría se cuida de precisar que no se trata «de decisiones ya tomadas, sino de indicaciones»: propuestas sometidas al Sumo Pontífice, que los dicasterios competentes habrán de traducir en medidas concretas. Las referimos, pues, como tales, propuestas y no leyes.
En concreto, el Grupo n.º 6 pide el nombramiento en cada diócesis de un delegado o vicario para la vida consagrada, contratos obligatorios entre diócesis e institutos que regulen «la misión, la formación, la paridad de género, la remuneración y la administración de los bienes», y «la plena representación de las personas consagradas y de los laicos en los órganos de decisión». El Grupo n.º 7 propone que el obispo «convoque a su pueblo» para que este participe «de manera corresponsable» en la preparación del informe entregado al Sucesor de Pedro. El cardenal Mario Grech resume ambos textos con la noción de «corresponsabilidad diferenciada».
Lo que la Iglesia siempre ha enseñado
La Iglesia no es una democracia, y su autoridad no asciende desde la base. Es, por derecho divino, una sociedad jerárquica y desigual. San Pío X lo fijó en términos que no admiten ambigüedad alguna: «La Iglesia es esencialmente una sociedad desigual, es decir, una sociedad compuesta de distintas categorías de personas: los pastores y el rebaño… Tan distintas son estas categorías entre sí, que sólo en la categoría pastoral residen la autoridad y el derecho de mover y dirigir a los miembros hacia el fin propio de la sociedad; la obligación, en cambio, de la multitud no es otra que dejarse gobernar y obedecer dócilmente las directrices de sus pastores.»
El obispo recibe su cargo de Cristo, transmitido por la Sede de Pedro, y no del consentimiento de aquellos a quienes gobierna. La visita ad limina apostolorum es precisamente la expresión de ese orden: el obispo da cuenta de su rebaño al Sucesor de Pedro, sobre quien la Iglesia está edificada (Mt XVI, 18). El movimiento es ascendente, hacia Pedro; no es circular.
La medida
Referidas a este principio, las propuestas invierten su sentido. «Convocar al pueblo» para preparar la visita ad limina es tratar la rendición de cuentas del obispo a Pedro como si correspondiera también al rebaño; reclamar «la plena representación» de los laicos «en los órganos de decisión» es confundir la consulta, que la Iglesia siempre ha practicado, con la decisión, que pertenece al pastor solo. La «corresponsabilidad diferenciada» puede recubrir el primer sentido, legítimo; se vuelve ruptura en cuanto atribuye a la multitud una parte del gobierno que Cristo confió únicamente a los Apóstoles y a sus sucesores.
Que el vocabulario de la «paridad de género» esté llamado a figurar en contratos entre diócesis e institutos religiosos dice bastante de qué mundo están tomadas estas categorías. No prejuzgamos lo que siga: estos textos son, por confesión propia, indicaciones y no decretos. La orientación, en cambio, es legible.
Lo que el fiel debe retener
Nada aquí es todavía de derecho, y no hay por qué alarmarse de una ley que no existe. Hay que mantener firme lo que la Iglesia siempre ha creído: que el gobierno de la Iglesia está confiado a los pastores, que la obediencia que se les debe no es servidumbre sino el orden querido por Cristo, y que ninguna asamblea confiere la autoridad que viene de lo alto. Por sus frutos se conoce el árbol; pero el vocabulario, ya, deja ver la raíz.
Fuentes. San Pío X, encíclica Vehementer nos (1906), sobre la naturaleza jerárquica y desigual de la Iglesia. Catecismo del Concilio de Trento (1566), sobre el sacramento del Orden y el gobierno de los pastores. Concilio Vaticano, constitución Pastor æternus (1870), sobre el primado del Sucesor de Pedro. Evangelio según san Mateo, XVI, 18 (Vulgata).